María Aurora García de Berken IP explica cómo la Resolución No. 583 limita el examen de marcas a los motivos absolutos, desplazando los motivos relativos y otras objeciones a la observancia por terceros.
El 11 de diciembre de 2025, se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución N° 583, emitida por la Oficina de Patentes y Marcas (OPM) del país, que establece un conjunto de cambios tendientes a agilizar los registros de marcas en el país.
La resolución dispone que el examen de registrabilidad de nuevas solicitudes de marca se limitará a evaluar únicamente las prohibiciones absolutas –principalmente las basadas en la falta de carácter distintivo de un signo– y las cuestiones relacionadas con el orden público.
Por tanto, las siguientes prohibiciones de registro quedan sujetas a la posibilidad de ser planteadas por terceros:
Similitud con marcas existentes;
Marcas engañosas por la naturaleza, propiedades, mérito, calidad, técnicas de fabricación, función, origen u otras características de los productos o servicios que se pretende distinguir;
El nombre, seudónimo o retrato de una persona, sin el consentimiento de ésta ni de sus herederos hasta el cuarto grado inclusive, a menos que sea “conocido espontáneamente” por el examinador; y
Designaciones de actividades, incluidos los nombres y denominaciones comerciales descriptivas de una actividad, cuando se utilicen para distinguir productos.
El procedimiento de registro también se modifica, reduciendo el tiempo y la complejidad. A partir del 1 de marzo de 2026, el examen de formalidades y registrabilidad se realizará inmediatamente después de la presentación de la solicitud y antes de su publicación. Si no hay objeciones (o si se superan), la solicitud se publicará durante un día, y si no se presentan oposiciones en un plazo de 30 días, se concederá la marca.
En la resolución, la Oficina Nacional de Registro Mercantil señala que al ser la titularidad de una marca un derecho de carácter privado, es el titular de ese derecho “quien debe decidir si ejerce o no su defensa frente a potenciales infracciones” mediante oposiciones, acciones de nulidad y/o cancelación por falta de uso.
Estos cambios buscan armonizar la práctica local Argentina con la vigente en los principales sistemas marcarios comparados –especialmente en la UE– aportando agilidad, claridad y eficiencia, acorde a la acelerada realidad que impone el mundo de los negocios.
La resolución posiciona al PTO argentino como un actor clave en el apoyo al desarrollo económico del país, al tiempo que lo desafía a garantizar que la calidad legal de los exámenes no se vea comprometida.
